En esta ocasión, hemos conseguido que se declare nula, por usurera, la tarjeta de crédito revolving suscrita entre nuestro cliente y Bankia.
El Juzgado de Primera Instancia Nº10 de Málaga ha considerado que fijar un tipo de interés del 1,70% mensual, o lo que es lo mismo, 20,4% anual, sin justificación alguna ha de reputarse nulo por usurero, ya que Bankia no justificó el motivo de fijar un tipo de interés notablemente superior al normal del dinero. Tipo de interés que propició el absurdo de que, pese haber dispuesto de 6.000€ en el año 2012, y llevar pagados 5.500€ en el año 2016, aún se debía más de 6.000€.
Declarado nulo el contrato, ambas partes deberá de devolverse recíprocamente las cantidades, devolviendo el cliente el principal dispuesto y Bankia todas las comisiones e intereses percibidos.
Ello supondrá que nuestro cliente, no solo que se extinga la deuda de más de 6.000€ que mantenía el cliente, sino que recibirá casi 5.000€, al ser la diferencia entre el capital dispuesto y todo lo abonado
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